Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237031
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237031
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Segunda Parte; Pág. 54
DROGAS, CUANTIFICACION DE LA PENA SEGUN LAS MODALIDADES EN LOS DELITOS RELATIVOS A.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Segunda Parte; Pág. 54
El número de modalidades realizadas por un determinado acusado, sí tiene trascendencia para la cuantificación de la pena, pues es evidente que denota más peligrosidad quien interviene en varias operaciones tendientes al suministro del enervante, que quien lo hace en una sola vez, porque contribuye en mayor medida al daño y revela más alto índice de tendencia a delinquir.
Precedentes
Amparo directo 7422/68. Aureliano Albornoz Peche. 6 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen CXXI, Segunda Parte, página 21, tesis de rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. CONSTITUYE UN SOLO DELITO A PESAR DE QUE SE COMETAN VARIAS DE SUS MODALIDADES (LEGISLACION FEDERAL).".