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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Segunda Parte; Pág. 57
HOMICIDIO, PROVENIENTE DE LESIONES CAUSADAS POR LA ESPALDA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 3, Segunda Parte; Pág. 57
No puede sostenerse de manera absoluta que todo homicidio que deviene a consecuencia de lesiones causadas por la espalda, debe ser necesariamente calificado con ventaja, pues la existencia de ésta debe obtenerse del estudio del desarrollo de los hechos en cada caso particular, atendiendo esencialmente a sus circunstancias concurrentes, objetivas y subjetivas y a si el incriminado actuó conscientemente con absoluta invulnerabilidad, pues, de otra suerte, la existencia de tal calificativa surgiría de manera automática al presentar el ofendido una lesión por la espalda, sin que fuera dable en manera alguna estudiar y ponderar los hechos que precedieron al resultado, que de ningún modo pueden desvincularse, sino que constituyen una unidad no interrumpida que se realiza en cada caso mediante circunstancias muy peculiares.
Precedentes
Amparo directo 10125/67. Humberto Mariles Cortés. 14 de marzo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Rivera Silva. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "VENTAJA, CALIFICATIVA DE.".