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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 2, Segunda Parte; Pág. 25
MARIGUANA, PERITAJES EN MATERIA DE.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 2, Segunda Parte; Pág. 25
Si el dictamen es emitido por una persona que posee los conocimientos técnicos y bastantes para identificar la mariguana, no por el hecho de que dicho perito omita hacer referencia al método utilizado para llegar a la conclusión que se dio, pierde el dictamen su aptitud probatoria, sobre todo tratándose de un enervante que por su olor y peculiares características, es fácilmente identificable por los sentidos. Peritos y funcionarios judiciales, que por necesidades de su trabajo están en contacto con los objetos materia de este delito, saben que la hierba en su estado natural, presenta gran cantidad de semillas entre sus hojas, y que los extremos de éstas, son en todo tiempo impares. Por lo tanto, la omisión en expresar cuál fue el sistema utilizado para identificar el enervante, no impide legalmente el que tenga aptitud probatoria.
Precedentes
Amparo directo 6434/68. Andrés Bravo Briones y coagraviados. 3 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Rivera Silva. Ponente: Abel Huitrón y Aguado.