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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237042
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Segunda Parte; Pág. 13

ARMA PROHIBIDA, DELITO DE PORTACION DE (NAVAJAS) (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL Y DE BAJA CALIFORNIA).

[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Segunda Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 2992/68. Juan González Puente. 16 de enero de 1969. Cinco votos. Ponente: Manuel Rivera Silva. Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen CXXXIII, página 11. Amparo directo 4361/67. Roberto Morales García. 24 de julio de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F. Volumen XLV, página 16. Amparo directo 5917/60. Juan Carrillo Cruz. 23 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte: Volumen CIV, página 11, tesis de rubro "ARMA PROHIBIDA, DELITO DE PORTACION DE. NAVAJAS.". Volumen CXXXII, página 31, tesis de rubro "ARMA PROHIBIDA, DELITO DE PORTACION DE (NAVAJAS) (LEGISLACION DEL DISTRITO FEDERAL).". Nota: En el Volumen CXXXIII, página 11, la tesis aparece bajo el rubro "ARMA PROHIBIDA, DELITO DE PORTACION DE (NAVAJAS) (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y BAJA CALIFORNIA).". En el Volumen XLV, página 16, la tesis aparece bajo el rubro "ARMA PROHIBIDA (LEGISLACION DE BAJA CALIFORNIA).".
Registro digital (IUS): 237042