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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237047
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Segunda Parte; Pág. 53
LEGITIMA DEFENSA, TERCEROS QUE INTERVIENEN EN LA.
[TA]; 7a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Segunda Parte; Pág. 53
Si una persona es atacada con peligro de perder la vida y su hermano entra en su defensa con el objeto de hacer cesar la agresión, el hecho de que se efectúen numerosos disparos, no destruye la juridicidad de su conducta, pues todo se ha hecho en un plan de licitud coadyuvando con su hermano en su defensa. Ahora bien, si la autoridad responsable, juzga que el atacado obró en legítima defensa, no puede concluir que entre "el hermano que lo auxilió y los ofendidos, existió una riña, en virtud de que, como aquél ya rechazaba la agresión, la actitud de éste, fue de coadyuvante; pues si expresamente se admite que se coadyuva a una conducta jurídica, cual es la defensa legítima, debe también concluirse que el coadyuvante también actúa jurídicamente, ya que es de explorado derecho que el ejercicio de la legítima defensa comprende no solamente el rechazo de la agresión por quien la sufre, sino el rechazo de la misma por un tercero.
Precedentes
Amparo directo 1455/68. Elpidio Tavera Ponce. 23 de enero de 1969. Cinco votos. Ponente: Abel Huitrón y A.