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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237085
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 39

AGRARIO. POSESION. DEBE DEMOSTRARSE AUN CUANDO SE RECLAME EN AMPARO LA INDEBIDA EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo en revisión 6297/86. Casildo Ramírez Saavedra. 11 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Ponente: Noé Castañón León. Secretario: Nicolás Nazar Sevilla. Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION. DEBE DEMOSTRARSE AUN CUANDO SE RECLAME EL AMPARO LA INDEBIDA EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL.".
Registro digital (IUS): 237085