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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237089
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 44
AGRARIO. REPLANTEO DE LINDEROS. LOS INGENIEROS COMISIONADOS POR LAS AUTORIDADES AGRARIAS CARECEN DE FACULTADES PARA ORDENAR LA DESOCUPACION DE TERRENOS A SUS POSEEDORES.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 44
Aun cuando fueran ciertas las afirmaciones en el sentido de que la superficie materia del desposeimiento reclamado por el quejoso perteneciera, de acuerdo con sus documentos fundamentales, a los poblados tercero perjudicados, lo verdaderamente importante es que esta circunstancia no podría convalidar el vicio de incompetencia de la autoridad respectiva para decidir un conflicto de linderos y desposeer a una de las partes contendientes de los terrenos en litigio, en el caso, al peticionario del amparo. En otras palabras, la corrección o incorrección del replanteo material de linderos que se reclama carece de importancia si la autoridad que lo dispone o realiza, afectando a uno de los contendientes, carece de facultad legal para ello, ya que tal carencia de atribuciones es bastante para conceder la protección constitucional solicitada.
Precedentes
Amparo en revisión 6168/86. Gustavo López Valencia. 25 de marzo de 1987. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretario: Héctor Soto Gallardo.
Nota: En el Informe de 1987, la tesis aparece bajo el rubro "REPLANTEO DE LINDEROS. LOS INGENIEROS COMISIONADOS POR LAS AUTORIDADES AGRARIAS CARECEN DE FACULTADES PARA ORDENAR LA DESOCUPACION DE TERRENOS A SUS POSEEDORES.".