Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237113
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237113
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 79

DEMANDA DE AMPARO, INTERPRETACION DE LA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo en revisión 7461/86. Ileana Martínez Mercado. 13 de mayo de 1987. Cinco votos. Ponente: Noé Castañón León. Secretaria: Diana Bernal Ladrón de Guevara. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 187-192, página 61. Amparo en revisión 480/84. Compañía Minera Río Colorado, S.A. 23 de agosto de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Diana Bernal Ladrón de Guevara. Quinta Epoca: Tomo LXVIII, página 971. Amparo en revisión 536/40. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 22 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Gabino Fraga. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 76, Tercera Parte, página 35, tesis de rubro "DEMANDA DE NULIDAD FISCAL. INTERPRETACION. PROCEDE EFECTUARLA PARA DETERMINAR CON EXACTITUD LA INTENCION DEL ACTOR.".
Registro digital (IUS): 237113