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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237124
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 93
LEYES AUTOAPLICATIVAS. CONCEPTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 93
La ley tiene carácter de autoaplicativa cuando, con su sola vigencia, afecta de manera inmediata al gobernado, independientemente de que se produzca o no un acto posterior de autoridad que la aplique de manera concreta.
Precedentes
Amparo en revisión 1525/86. Usher, Sociedad Anónima, e Industrial Soconusco, Sociedad Anónima. 28 de enero de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 35, página 29. Amparo en revisión 3294/71. Cemento Portland Blanco de México, S.A. 25 de noviembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CIX, página 3210, tesis de rubro "LEYES AUTOAPLICATIVAS.".
Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1954, tesis 637, página 1143.