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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237160
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 155

IMPORTANCIA TRASCENDENTE PARA EL INTERES NACIONAL PARA QUE SE SURTA LA COMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE. CASO EN QUE SE PLANTEAN CUESTIONES RELACIONADAS CON EL PATRIMONIO DE UN ORGANISMO DESCENTRALIZADO.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Tercera Parte; Pág. 155

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 205-216, página 153. Amparo directo 7167/84. Instituto Mexicano del Seguro Social. 20 de marzo de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Volúmenes 205-216, página 153. Amparo directo 4007/85. Instituto Mexicano del Seguro Social. 11 de noviembre de 1985. Cinco votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Volúmenes 205-216, página 105. Amparo directo 6772/85. Instituto Mexicano del Seguro Social. 6 de febrero de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Volúmenes 217-228, página 87. Amparo directo 7242/86. Instituto Mexicano del Seguro Social. 11 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Volúmenes 217-228, página 87. Amparo directo 6805/86. Instituto Mexicano del Seguro Social. 27 de abril de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Registro digital (IUS): 237160