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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237193
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 42
AGRARIO. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA. EXPROPIACION DE TERRENOS EJIDALES EN QUE SE INCLUYEN PROPIEDADES PARTICULARES.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 42
Cuando el acto reclamado por un particular consiste en el decreto expedido por el presidente de la República, por el cual se expropia, por causa de utilidad pública, a un ejido, y en favor de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, determinada superficie que se destinará a la lotificación y titulación legal en beneficio de sus ocupantes, mediante su venta y la constitución de una superficie de reserva territorial con objeto de satisfacer al futuro las necesidades de crecimiento regular y planeado de una ciudad, o al mejoramiento de un centro de población existente en terrenos en que supuestamente quedan incluidas propiedades particulares o solares urbanos ejidales, no queda comprendido dentro de la hipótesis a que se refieren los artículos 25, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y 84, fracción I, inciso d), de la Ley de Amparo, por no tratarse de un juicio de garantías en materia agraria en el que se reclamen actos que afecten a un núcleo de población en sus derechos colectivos o a la pequeña propiedad y sí, en cambio, es competente para conocer del asunto un Tribunal Colegiado de Circuito.
Precedentes
Amparo en revisión 5884/85. Jesús Paredes Flores y otros. 4 de septiembre de 1986. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores de Corona. Secretario: Enrique Rodríguez Olmedo.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 163-168, página 31. Amparo en revisión 7221/81. Pedro Claudio Mahieux Dubois. 4 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Manuel Plata García.
Volúmenes 163-168, página 31. Amparo en revisión 1036/82. Socorro Acuña Vázquez y coagraviados. 28 de julio de 1982. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 157-162, página 28. Amparo en revisión 303/82. Francisco Valdez Rodríguez. 17 de junio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 157-162, página 28. Amparo en revisión 3597/81. Pedro Mahieux Gladieux. 10 de marzo de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: José Angel Mandujano Gordillo.
Notas:
En los Volúmenes 163-168, página 31, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. EXPROPIACION DE TERRENOS EJIDALES EN QUE SE INCLUYEN PROPIEDADES PARTICULARES. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA.".
En los Informes de 1982 y 1986, la tesis aparece bajo el rubro "INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA. EXPROPIACION DE TERRENOS EJIDALES EN QUE SE INCLUYEN PROPIEDADES PARTICULARES.".
En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "EXPROPIACION DE TERRENOS EJIDALES EN QUE SE INCLUYEN PROPIEDADES PARTICULARES. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA.".