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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237196
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 47
AGRARIO. NOTIFICACION A PROPIETARIOS DE PREDIOS PROTEGIDOS CON INAFECTABILIDAD. SURTE EFECTOS LA QUE SE DIRIGE A QUIEN APARECE COMO DUEÑO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 47
No existe obligación de notificar la iniciación del procedimiento de nulidad de fraccionamientos a quienes no figuran como propietarios de los inmuebles relativos en el Registro Público de la Propiedad; ya que, si bien la operación adquisitiva correspondiente, por tratarse de un predio protegido con certificado de inafectabilidad, surte efectos legales aun en materia agraria, lo cierto es que por disposición del artículo 275 de la Ley Federal de Reforma Agraria, la notificación de que se trata debe realizarse con las personas que como propietarios aparezcan en el citado registro.
Precedentes
Amparo en revisión 15072/84. Gerardo Degollado Vélez y otros. 13 de agosto de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fausta Moreno Flores.