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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 49
AGRARIO. PERITOS, ADICIONES A CUESTIONARIOS DE. NO CONTESTADAS LAS CUESTIONES PROPUESTAS ANTE ELLOS, PROCEDE ORDENAR LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 49
Si de autos consta que el núcleo tercero perjudicado adiciona, mediante diversas proposiciones, el cuestionario de peritos propuesto por la parte quejosa y en el expediente no existe dato alguno de que los peritos hubieran contestado las cuestiones adicionales propuestas, el Juez de Distrito debe conminar a los peritos a contestar ese cuestionario adicional, pues, de no hacerse así, se deja en estado de indefensión al tercero perjudicado, y procede ordenar la reposición del procedimiento para el efecto mencionado.
Precedentes
Amparo en revisión 5576/84. Ejido de San Juan Cacoma, Municipio de Ayutla, Estado de Jalisco. 12 de noviembre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente y ausente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretaria: Luz María Díaz de Silva.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 145-150, página 28. Amparo en revisión 2844/79. Porfirio Félix Morales. 25 de junio de 1981. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles. Secretario: Manuel Plata García.
Volúmenes 127-132, página 22. Amparo en revisión 578/78. Rómulo Olivares Hernández y otros. 13 de agosto de 1979. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: María Antonieta Azuela Güitrón.
Nota: En los Informes de 1981 y 1987, la tesis aparece bajo el rubro "PERITOS, ADICIONES A CUESTIONARIOS PARA. NO CONTESTADAS LAS CUESTIONES PROPUESTAS ANTE ELLOS, PROCEDE ORDENAR LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA AGRARIA.".