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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237198
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 50

AGRARIO. PLANO DE EJECUCION INCORRECTO. NO ES ACTO DERIVADO DE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 50

Precedentes

Amparo en revisión 1866/86. María Gudiño viuda de Sahagún y otros. 15 de octubre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 72, página 139, bajo el rubro "EJECUCION INCORRECTA DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES. NO SE REQUIERE IMPUGNAR LA RESOLUCION EN AMPARO PARA RECLAMAR LA EJECUCION.".
Registro digital (IUS): 237198