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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237202
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 61

AGRARIO. PLANO PROYECTO DE RESOLUCION PRESIDENCIAL Y PLANO DE EJECUCION APROBADO. SU DISTINCION.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 61

Precedentes

Amparo en revisión 7654/85. José Antonio Escandón Gómez. 10 de noviembre de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos de Silva Nava. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 133-138, página 37. Amparo en revisión 6269/77. Enedina Gaxiola viuda de Riveros. 17 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Nota: En el Informe de 1980 y en el Apéndice 1917-1985, página 270, la tesis aparece bajo el rubro "PLANO PROYECTO DE RESOLUCION PRESIDENCIAL Y PLANO DE EJECUCION APROBADO. SU DISTINCION.".
Registro digital (IUS): 237202