Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237204
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237204
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 63

AGRARIO. PROPIEDAD PRIVADA. ORDEN DE QUE SE RESPETE DADA POR DELEGADO AGRARIO A NUCLEO EJIDAL. NO LE AFECTA INTERESES JURIDICOS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo en revisión 6814/85. Leandro Solís Rosas y otros. 19 de febrero de 1986. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Amparo en revisión 2527/85. Comisariado Ejidal del Poblado "Las Juntas y los Veranos", Municipio de Cabo Corrientes, Jalisco. 15 de enero de 1986. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores.
Registro digital (IUS): 237204