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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 130
PRUEBA TESTIMONIAL. DECLARACIONES QUE CONSTAN EN INSTRUMENTO PUBLICO. NATURALEZA Y VALOR PROBATORIO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Tercera Parte; Pág. 130
La circunstancia de que la declaración de una persona se asiente en un instrumento público, no atribuye al contenido de aquélla el carácter de prueba plena, ya que lo único de que hace fe es de que, ante el funcionario que intervino, se asentó la declaración, por lo que ésta no constituye una prueba documental, sino una testimonial rendida sin las formalidades de ley, por haberse recibido por funcionario público que no es autoridad judicial y sin audiencia de la parte contraria.
Precedentes
Amparo en revisión 8279/85. Samuel Ernesto Treviño Espinosa. 16 de abril de 1986. Cinco votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretaria: Luz María Díaz de Silva.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 86, página 28. Amparo en revisión 4972/75. Ejido Guatabampo, Municipio del mismo nombre, Sonora. 18 de febrero de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Volumen 63, página 34. Amparo en revisión 5416/72. Gilberto D. Rodríguez Reséndez. 18 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero. Secretario: José Tena Ramírez.
Véanse:
Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 205-216, Tercera Parte, página 125, tesis de rubro "NOTARIOS PUBLICO. CONSTANCIA QUE EXPIDEN DANDO FE FUERA DE SUS FUNCIONES, DE DETERMINADOS HECHOS. CARECE DE VALOR PROBATORIO.".
Apéndice 1917-1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 140, página 447, bajo el rubro "DECLARACION HECHA EN UN INSTRUMENTO PUBLICO. SU VALOR EN JUICIO.".