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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237269
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Tercera Parte; Pág. 19

AGRARIO. INGENIEROS COMISIONADOS, MANIFESTACION DE LOS, AL EJECUTAR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL, NO SUPLE LA INEXISTENCIA DE LA PRUEBA PERICIAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Tercera Parte; Pág. 19

Precedentes

Queja 162/81. Jorge Ortega Arroyo y Porfirio Hernández Canales. 7 de noviembre de 1985. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores de Corona. Secretario: Adrián Avendaño Constantino. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 163-168, página 35. Amparo en revisión 4617/82. Ernesto Gutiérrez Pérez. 21 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Wilfrido Castañón León. Nota: En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "INGENIEROS COMISIONADOS, MANIFESTACION DE LOS, AL EJECUTAR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL, NO SUPLE LA INEXISTENCIA DE LA PRUEBA PERICIAL.".
Registro digital (IUS): 237269