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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237272
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Tercera Parte; Pág. 46

AGRARIO. TERMINO PARA RESOLVER UN EXPEDIENTE. INTERPRETACION DEL ARTICULO 250 DEL CODIGO AGRARIO (304 DE LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA).

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Tercera Parte; Pág. 46

Precedentes

Amparo en revisión 12209/84. Nuevo Centro de Población Ejidal "Lázaro Cárdenas", Municipio de Buenavista Tomatlán, Estado de Michoacán. 7 de noviembre de 1985. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores de Corona. Secretario: Adrián Avendaño Constantino. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 46, página 37. Amparo en revisión 2619/70. Zeferino Francisco Cárdenas y coagraviados. 18 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Secretaria: Gemma de la Llata V. Nota: En el Volumen 46, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. TERMINO PARA RESOLVER UN EXPEDIENTE. INTERPRETACION DEL ARTICULO 250 DEL CODIGO AGRARIO.". En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "TERMINO PARA RESOLVER UN EXPEDIENTE. INTERPRETACION DEL ARTICULO 250 DEL CODIGO AGRARIO (304 DE LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA).".
Registro digital (IUS): 237272