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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237274
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Tercera Parte; Pág. 47
AGRAVIOS INOPERANTES. ARGUMENTOS NO INCLUIDOS EN EL INFORME JUSTIFICADO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Tercera Parte; Pág. 47
No pueden estimarse como agravios de la autoridad responsable elementos nuevos que no expuso en su informe justificado, al no haberse sometido éstos al conocimiento del Juez de Distrito para tomarlos en consideración al emitir el fallo.
Precedentes
Amparo en revisión 12209/84. Nuevo Centro de Población Ejidal "Lázaro Cárdenas", Municipio de Buenavista Tomatlán, Estado de Michoacán. 7 de noviembre de 1985. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXXXII, página 16. Amparo en revisión 469/68. Leonilo Salgado. 19 de junio de 1968. Cinco votos. Ponente: Alberto Orozco Romero.