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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237295
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Tercera Parte; Pág. 17

AGRARIO. EXPROPIACION. GARANTIA DE AUDIENCIA. SU RESPETO DEBE SER PROBADO FEHACIENTEMENTE.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 8300/84. Comisariado Ejidal del Poblado San Francisco Coacalco, Municipio de Coacalco, Estado de México. 20 de febrero de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Filemón Haro Solís. Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "EXPROPIACION. GARANTIA DE AUDIENCIA. SU RESPETO DEBE SER PROBADO FEHACIENTEMENTE.".
Registro digital (IUS): 237295