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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Tercera Parte; Pág. 63
AGRARIO. SUPLENCIA OFICIOSA DE PRUEBAS EN EL AMPARO AGRARIO. NO PROCEDE CUANDO SE TRATA DE PRESUNTOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Tercera Parte; Pág. 63
Resulta infundada la argumentación consistente en que el juzgador estaba obligado a recabar oficiosamente, conforme a lo dispuesto en los artículos 78, párrafo tercero, y 157, último párrafo de la Ley de Amparo, las pruebas que estimara necesarias, si las rendidas fueron insuficientes, pues tal obligación sólo existe cuando con esa medida se beneficia a núcleos de población ejidal o comunal o a ejidatarios o comuneros en lo individual, y no cuando se pretende que se suplan deficiencias de quienes se ostentan como pequeños propietarios.
Precedentes
Amparo en revisión 943/85. Victoria Faust Gruskin (sucesión testamentaria a bienes de Aurelio Mora del Río). 24 de junio de 1985. Cinco votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Filemón Haro Solís.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 181-186, página 47. Amparo en revisión 3126/83. Fidel Hinojosa Pulido. 25 de abril de 1984. Cinco votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Fernando Nájera Virgen.
Volúmenes 181-186, página 78. Amparo en revisión 1248/74. Betty Katherine Joanne Miers Paul y otros. 3 de octubre de 1974. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Fernando Lanz Cárdenas.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 180, página 355, bajo el rubro "SUPLENCIA DE LA QUEJA. NO PROCEDE CUANDO SE TRATA DE PEQUEÑOS PROPIETARIOS.".
Nota: En los Informes de 1984 y 1985, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLENCIA OFICIOSA DE PRUEBAS EN EL AMPARO AGRARIO. NO PROCEDE CUANDO SE TRATA DE PRESUNTOS PEQUEÑOS PROPIETARIOS.".