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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237322
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Tercera Parte; Pág. 103

AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A NUCLEO DE POBLACION EJIDAL CUANDO EL COMISARIADO HA CESADO EN SUS FUNCIONES. DEBE PRACTICARSE PERSONALMENTE POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE VIGILANCIA Y NO POR MEDIO DE LISTA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Tercera Parte; Pág. 103

Precedentes

Amparo en revisión 2842/82. Josefina Castillo Jáuregui. 22 de junio de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Secretario: Teódulo Angeles Espino. Nota: Esta tesis aparece publicada en la Séptima Epoca, Volúmenes 169-174, Tercera Parte, página 29, con el rubro: "AGRARIO. EMPLAZAMIENTO A UN NUCLEO DE POBLACION. CON QUIEN DEBE ENTENDERSE CUANDO EL COMISARIADO HA CESADO EN SUS FUNCIONES.". Se publica de nuevo por habérsele cambiado el rubro como aparece arriba por acuerdo de la Sala. En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO A UN NUCLEO DE POBLACION. CON QUIEN DEBE ENTENDERSE CUANDO EL COMISARIADO EJIDAL HA CESADO EN SUS FUNCIONES.". En el Informe de 1986, la tesis aparece bajo el rubro "EMPLAZAMIENTO A UN NUCLEO DE POBLACION EJIDAL CUANDO EL COMISARIADO HA CESADO EN SUS FUNCIONES. DEBE PRACTICARSE PERSONALMENTE POR CONDUCTO DEL CONSEJO DE VIGILANCIA Y NO POR MEDIO DE LISTA.".
Registro digital (IUS): 237322