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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237342
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 21
AGRARIO. POSESION PROVISIONAL DERIVADA DE MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL. CONFIERE INTERES JURIDICO AL NUCLEO DE POBLACION BENEFICIADO PARA IMPUGNAR LA RESOLUCION PRESIDENCIAL DEFINITIVA QUE, MODIFICANDO EL MANDAMIENTO PROVISIONAL, PRETENDE PRIVARLO TOTAL O PARCIALMENTE DE ESA POSESION.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 21
Aunque los mandamientos emitidos por los gobernadores de los Estados dentro de un procedimiento agrario de ampliación de ejido no tienen carácter definitivo porque pueden llegar a ser revocados o modificados por la resolución que dicte el presidente de la República, con motivo de esos mismos mandamientos el núcleo beneficiado adquiere la posesión de las tierras dotadas provisionalmente y ello basta para considerar que tiene interés jurídico para impugnar la resolución presidencial definitiva que pretenda privarlo total o parcialmente de las tierras recibidas con motivo del mandamiento provisional. Debe hacerse hincapié en que es la posesión derivada del mandamiento del gobernador lo que en el caso de dotación o ampliación de ejido confiere interés jurídico al poblado beneficiado para impugnar la resolución presidencial definitiva.
Precedentes
Amparo en revisión 3756/84. Comité Particular Ejecutivo del Poblado el Toro y anexos, Municipio de Guanaceví, Estado de Durango. 4 de octubre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 169-174, Tercera Parte, página 35, tesis de rubro "AGRARIO. POSESION PROVISIONAL OTORGADA A UN NUCLEO DE POBLACION A TRAVES DE UN MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL, CONFIERE LEGITIMACION PARA IMPUGNAR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE LESIONA LA.".
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 278, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION PROVISIONAL DERIVADA DE MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL. CONFIERE INTERES JURIDICO AL NUCLEO DE POBLACION BENEFICIADO PARA IMPUGNAR LA RESOLUCION PRESIDENCIAL DEFINITIVA QUE, MODIFICANDO EL MANDAMIENTO PROVISIONAL, PRETENDE PRIVARLO TOTAL O PARCIALMENTE DE ESA POSESION.".