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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237344
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 27

AGRARIO. TERCEROS PERJUDICADOS. TIENEN ESTE CARACTER LOS EJIDATARIOS INCONFORMES CON EL ACTA DE ELECCION DE AUTORIDADES INTERNAS DEL EJIDO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 7169/84. Primitivo Solís Carmona. 7 de noviembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 139-144, página 35. Amparo en revisión 7500/79. Agustín Borja Sapién y otros. 2 de octubre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Nota: En los Informes de 1980, 1984 y en el Apéndice 1917-1985, página 150, la tesis aparece bajo el rubro "TERCEROS PERJUDICADOS. TIENEN ESTE CARACTER LOS EJIDATARIOS INCONFORMES CON EL ACTA DE ELECCION DE AUTORIDADES INTERNAS DEL EJIDO.".
Registro digital (IUS): 237344