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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237389
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 136

ADMINISTRACIONES FISCALES REGIONALES. FACULTADES DELEGADAS EN SU FAVOR POR EL SECRETARIO DE HACIENDA.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 136

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 151-156, página 31. Amparo directo 1524/79. Algodones, S.A. 24 de septiembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volúmenes 187-192, página 11. Amparo directo 2058/84. Opticlinic, S.A. 22 de agosto de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Volúmenes 187-192, página 11. Amparo directo 4100/84. Enrique Cortines Pérez. 20 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Volúmenes 187-192, página 11. Amparo directo 5971/84. Bernal Casanova, S.A. 27 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Volúmenes 187-192, página 11. Amparo directo 277/84. Luis Pineda Román. 27 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán.
Registro digital (IUS): 237389