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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237391
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 138
AGRARIO. SUPLENCIA DE LA QUEJA, OPERA AUN ANTE LA FALTA DE EXPRESION DE AGRAVIOS EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 187-192, Tercera Parte; Pág. 138
La suplencia de la queja en el juicio de garantías en materia agraria prevista en el cuarto párrafo de la fracción II del artículo 107 de la Constitución Federal, y tratándose del recurso de revisión en el artículo 91, fracción V, de la Ley de Amparo, procede no sólo cuando los agravios son deficientes, sino también cuando no se expresa agravio alguno en el escrito de revisión, que debe conceptuarse como la máxima deficiencia, porque el amparo agrario constituye un régimen protector de la garantía social agraria, para la eficaz defensa del régimen jurídico creado por las resoluciones presidenciales dotatorias o restitutorias de tierras, que son de interés público nacional.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 47, página 26. Amparo en revisión 977/72. Ejido Quilá, Municipio de Culiacán, Sinaloa. 16 de noviembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Fernando Guajardo Rangel.
Volumen 70, página 39. Amparo en revisión 3470/73. Tomás Verdugo Mendívil y coagraviados. 28 de octubre de 1974. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero. Secretario: Juan Díaz Romero.
Volúmenes 91-96, página 56. Amparo en revisión 3202/76. Pedro Aguilar Chávez y otros. 23 de septiembre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Marcos Arturo Nazar Sevilla.
Volúmenes 187-192, página 24. Amparo en revisión 5494/84. Comisariado Ejidal del Nuevo Centro de Población "Francisco I. Madero", Municipio de Reynosa, Tamaulipas. 27 de septiembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Volúmenes 187-192, página 24. Amparo en revisión 8326/82. Daniel Guzmán Antonio y otro. 8 de octubre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Nota: En el Informe de 1984 y Apéndice 1917-1985, página 356, la tesis aparece bajo el rubro "SUPLENCIA DE LA QUEJA, OPERA AUN ANTE LA FALTA DE EXPRESION DE AGRAVIOS EN EL AMPARO EN MATERIA AGRARIA.".