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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237408
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 27

AGRARIO. NOTIFICACIONES PERSONALES AL TERCERO PERJUDICADO, CUANDO SE IGNORA SU DOMICILIO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 27

Precedentes

Amparo en revisión 7973/82. Ejido "La Perla", Municipio y Estado de Durango. 11 de abril de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 145-150, página 26. Amparo en revisión 426/81. Comité Particular Ejecutivo Agrario del Poblado "Ciudad Morelos", Municipio de Parácuaro, Michoacán. 23 de abril de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Nota: En los Informes de 1981 y 1984, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACIONES PERSONALES AL TERCERO PERJUDICADO, CUANDO SE IGNORA SU DOMICILIO.".
Registro digital (IUS): 237408