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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237424
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 63
PRUEBA DOCUMENTAL, INFORMACION PERIODISTICA COMO. SU VALOR PROBATORIO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 63
Las afirmaciones contenidas en notas periodísticas publicadas con relación a un juicio constitucional, en las que se menciona, entre otras cosas, que la autoridad responsable ejecutó los actos que se le reclaman, carecen de valor probatorio en el juicio de garantías, porque se trata de informaciones estructuradas fuera del procedimiento de dicho juicio.
Precedentes
Amparo en revisión 7022/82. Comunidad Agraria San Miguel Ajusco, Delegación de Tlalpan, Distrito Federal. 11 de abril de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.