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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237433
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 75
AGRARIO. PEQUEÑAS PROPIEDADES. NO EXISTE DECLARATORIA DE INAFECTABILIDAD POR EL HECHO DE QUE DETERMINADAS SUPERFICIES SEAN RESPETADAS AL EJECUTARSE UN MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 75
Si un predio fue respetado en una superficie determinada por una resolución gubernamental y por la ejecución de ésta, ello no implica que esa superficie quede amparada con declaratoria de inafectabilidad; para que así fuera, sería necesario que el presidente de la República hubiera decidido, expresamente, la inafectabilidad de la extensión de tierra de que se trata.
Precedentes
Amparo en revisión 4360/82. Alfredo Díaz Acevedo y otros. 19 de enero de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "PEQUEÑAS PROPIEDADES. NO EXISTE DECLARATORIA DE INAFECTABILIDAD POR EL HECHO DE QUE DETERMINADAS SUPERFICIES SEAN RESPETADAS AL EJECUTARSE UN MANDAMIENTO GUBERNAMENTAL.".