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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 76
AGRARIO. POSESION DE LOS NUCLEOS DE POBLACION DE TIERRAS EXPROPIADAS. LA ORDEN DE OCUPACION DADA A TERCEROS NO AFECTA SUS INTERESES JURIDICOS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Tercera Parte; Pág. 76
No afecta el interés jurídico del poblado quejoso la orden dada a terceros para que ocupen tierras cuya posesión detenta, toda vez que el propio poblado reconoce que las mismas le fueron expropiadas por decreto presidencial, lo que en tales circunstancias hace que dicha posesión sea indebida.
Precedentes
Amparo en revisión 8443/81. Rafael Flores Pérez y otros (Comisariado Ejidal de San Pablo Xochimehuacán, Puebla). 10 de agosto de 1983. Mayoría de tres votos. Disidente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Ponente: Eduardo Langle Martínez.
Nota: En el Informe de 1984, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION DE LOS NUCLEOS DE POBLACION DE TIERRAS EXPROPIADAS. LA ORDEN DE OCUPACION DADA A TERCEROS NO AFECTA SUS INTERESES JURIDICOS.".