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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237455
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Tercera Parte; Pág. 20

AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL DE SENTENCIA A NUCLEOS DE POBLACION EJIDAL, IRREGULARIDAD EN LA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Tercera Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo en revisión 6964/81. Poblado "Ejido Viejo", Municipio de Coyuca de Benítez, Guerrero. 27 de julio de 1983. Cinco votos. Ponente: Santiago Rodríguez Roldán. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 139-144, página 29. Amparo en revisión 464/78. Raúl García Moguel y otro. 10 de noviembre de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volúmenes 133-138, página 34. Amparo en revisión 6019/77. Josefina Veramendi de Bretón. 18 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Nota: En los Informes de 1981, 1983 y en el Apéndice 1917-1985, página 230, la tesis aparece bajo el rubro "NOTIFICACION PERSONAL DE SENTENCIA A NUCLEOS DE POBLACION EJIDAL, IRREGULARIDAD EN LA.".
Registro digital (IUS): 237455