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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237467
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Tercera Parte; Pág. 71
LITIS EN EL JUICIO FISCAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Tercera Parte; Pág. 71
Cuando la Sala responsable en su sentencia, alude a un determinado precepto legal, esa sola mención no introduce un elemento nuevo a la litis del asunto y por tanto no viola el artículo 229 del Código Fiscal de la Federación, en virtud de que la litis en el juicio fiscal se integra con los hechos y no con la invocación de determinados preceptos legales.
Precedentes
Revisión fiscal 110/82. Constructora Marhnos, S.A. 4 de agosto de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 151-156, página 131. Amparo directo 3597/80. José Isaac Bazbaz Bazbaz. 29 de octubre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.