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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237504
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Tercera Parte; Pág. 47

DEMANDA DE AMPARO. TERMINO PARA PROMOVERLA CUANDO EXISTE MANIFESTACION EXPRESA DE LA FECHA EN QUE SE TUVO CONOCIMIENTO DEL ACTO RECLAMADO. INTERPRETACION DEL ARTICULO 21 DE LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Tercera Parte; Pág. 47

Precedentes

Amparo en revisión 2456/82. Jesús Martínez Sánchez y otros. 21 de abril de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 237504