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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237522
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Tercera Parte; Pág. 85

VISITAS DOMICILIARIAS, ACTAS LEVANTADAS CON MOTIVO DE. LA FALTA DE FIRMA DE LOS SUPERVISORES DESIGNADOS QUE NO ACTUAN EN AQUELLAS NO ALTERA LA VALIDEZ DEL ACTA.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Tercera Parte; Pág. 85

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 145-150, página 155. Amparo directo 6088/79. Almacenes Remy, S.A. 27 de octubre de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volúmenes 145-150, página 133. Revisión fiscal 85/78. Acabados Textiles Electrónicos, S.A. 4 de septiembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez. Volúmenes 163-168, página 95. Amparo directo 6554/81. Le Club, S.A. 7 de octubre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volúmenes 163-168, página 95. Amparo directo 3331/82. Hermanos Vega Esquivel, S.A. 29 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volúmenes 169-174, página 65. Amparo directo 2532/82. Emilio Villarreal Ramírez. 7 de febrero de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 237522