Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237525
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237525
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. BIENES DOTADOS, EJIDATARIOS QUE REHUSAN RECIBIR LOS. QUEDAN A DISPOSICION DEL EJECUTIVO FEDERAL PARA ACOMODAR A QUIENES TENGAN DERECHOS A SALVO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 13
El artículo 64 de la Ley Federal de Reforma Agraria dispone que si cuando menos el noventa por ciento de los beneficiados con una resolución presidencial dotatoria manifiestan expresamente en asamblea general que no quieren recibir los bienes objeto de ese mandamiento presidencial, tales bienes quedarán a disposición del Ejecutivo Federal, sólo con el fin de que en ellos se acomode a los ejidatarios con derechos a salvo, pero de ninguna manera faculta a un comisionado para efectuar dicho acomodo, el cual debe efectuarse con observancia de los lineamientos señalados en el precepto legal mencionado.
Precedentes
Amparo en revisión 8444/81. Ejido La Joya, Municipio de Poanas, Durango. 11 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: José Javier Aguilar Domínguez.
Notas:
En el Apéndice 1917-1985, página 349, la tesis aparece bajo el rubro "BIENES DOTADOS, EJIDATARIOS QUE REHUSAN RECIBIR LOS. QUEDAN A DISPOSICION DEL EJECUTIVO FEDERAL PARA ACOMODAR A QUIENES TENGAN DERECHOS A SALVO.".
En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "BIENES DOTADOS, EJIDATARIOS QUE REHUSAN RECIBIRLOS. QUEDAN A DISPOSICION DE EJECUTIVO FEDERAL PARA ACOMODAR A LOS QUE TENGAN DERECHOS A SALVO.".