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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 14
AGRARIO. COMISARIADOS DE BIENES COMUNALES. TRANSCURSO DEL TERMINO PARA EL CUAL FUERON ELECTOS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 14
Si en el curso del juicio de amparo que promueven integrantes de un comisariado de bienes comunales reclamando la orden de remoción de sus cargos, su nombramiento deja de tener efectos por concluir el término para el que fueron electos, surge la causal de improcedencia prevista en la fracción XVII del artículo 73 de la Ley de Amparo, en virtud de que la sentencia que llegare a dictarse en cuanto al fondo, aun siendo favorable a los reclamantes, no podría retrotraerse en sus efectos a la fecha de la remoción, ni tampoco ampliar el período de duración de los cargos respectivos, por lo que procede el sobreseimiento del juicio, atento a lo dispuesto por la fracción III del artículo 74 del mismo ordenamiento legal.
Precedentes
Amparo en revisión 7530/81. Eucelio Basilio Tenorio y otros. 28 de julio de 1982. Cinco votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Tercera Parte, Segunda Sala, tesis 17, página 41, bajo el rubro "COMISARIADOS EJIDALES. TRANSCURSO DEL TIEMPO PARA EL CUAL FUERON ELECTOS.".