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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237530
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 18
AGRARIO. COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. DESCONOCIMIENTO O DESTITUCION DE SUS MIEMBROS. COMPETENCIA DE LA SEGUNDA SALA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 18
Esta Segunda Sala es competente para conocer de la revisión en amparos en que se reclamen, en materia agraria, actos consistentes en el desconocimiento o destitución de un comité particular ejecutivo, con fundamento en los artículos 84, fracción I, inciso d), de la Ley de Amparo y 25, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, porque constituyendo el órgano de los núcleos de población solicitantes a quien corresponde la representación legal del grupo durante el trámite de sus expedientes agrarios, hasta que se ejecute el mandamiento del Ejecutivo Local o la resolución definitiva, en su caso, y siendo facultad de la asamblea general del núcleo solicitante la de elegirlos o removerlos (artículos 18 y 21 de la Ley Federal de Reforma Agraria), los actos de autoridad por virtud de los cuales se pretenda la destitución o remoción de un comité particular ejecutivo afectan los derechos colectivos del núcleo, consistentes en la mencionada facultad de la asamblea general.
Precedentes
Amparo en revisión 402/82. Eleuterio Osnaya Chávez y otros. 11 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Inárritu.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 157-162, página 11. Amparo en revisión 6152/81. Manuel Meza Quintero. 10 de marzo de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 145-150, página 15. Amparo en revisión 7710/80. Comité Particular Ejecutivo Agrario de la Ampliación del Ejido "San José Magallanes", Municipio de Irimbo, Michoacán. 25 de junio de 1981. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 57, página 16. Amparo en revisión 1420/73. J. Carmen Campos Rodríguez y otros. 21 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota: En los Informes de 1973, 1982, 1983 y en el Apéndice 1917-1985, página 50, la tesis aparece bajo el rubro "COMITE PARTICULAR EJECUTIVO. DESCONOCIMIENTO O DESTITUCION DE SUS MIEMBROS. COMPETENCIA DE LA SEGUNDA SALA.".