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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237534
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 23

AGRARIO. DELEGADOS AGRARIOS. NO TIENEN COMPETENCIA PARA ORDENAR QUE SE DE POSESION A LOS SOLICITANTES DE REACOMODO DE TIERRAS, NI PARA CAMBIAR EL REGIMEN DEL EJIDO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo en revisión 5103/82. José Orta Vidal y otros (Poblado de San Bernardo Acatlán). 29 de noviembre de 1982. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Nota: En el Informe de 1983 y en el Apéndice 1917-1985, página 45, la tesis aparece bajo el rubro "DELEGADOS AGRARIOS. NO TIENEN COMPETENCIA PARA ORDENAR QUE SE DE POSESION A LOS SOLICITANTES DE REACOMODO DE TIERRAS, NI PARA CAMBIAR EL REGIMEN DEL EJIDO.".
Registro digital (IUS): 237534