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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237542
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 32
AGRARIO. FRACCIONAMIENTO DE PREDIO AMPARADO CON CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD. NO ES CAUSA DE CANCELACION DEL CERTIFICADO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 32
Ni en el Código Agrario anterior ni en la Ley Federal de Reforma Agraria vigente, existe precepto legal alguno que establezca que la venta de una parte del predio amparado con certificado de inafectabilidad dé base para la cancelación, en perjuicio de su titular o del causahabiente, del certificado de que se trate. Los motivos de cancelación de certificados de inafectabilidad están limitados a los supuestos expresamente consignados por la ley.
Precedentes
Amparo en revisión 1618/81. Dolores Cordero de Pizarro Suárez. 23 de agosto de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Nota: En el Informe de 1983, la tesis aparece bajo el rubro "FRACCIONAMIENTO DE PREDIO AMPARADO CON CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD, NO ES CAUSA DE CANCELACION DEL CERTIFICADO.".