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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237543
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 33

AGRARIO. INAFECTABILIDAD, PROCEDIMIENTO DE CANCELACION DE DECLARATORIA DE. NO CONSTITUYE RECURSO, JUICIO O MEDIO DE DEFENSA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo en revisión 7925/81. Comunidad Agraria del Poblado "El Cabezón", Municipio de Ameca, Jalisco. 20 de octubre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco. Secretario: Fernando Reza Saldaña. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 133-138, página 28. Amparo en revisión 1120/79. Comisariado Ejidal de Guascuaro, Municipio de Tingüindín, Michoacán. 13 de febrero de 1980. Cinco votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Nota: En los Informes de 1981, 1982 y en el Apéndice 1917-1985, página 185, la tesis aparece bajo el rubro: "INAFECTABILIDAD, PROCEDIMIENTO DE CANCELACION DE DECLARATORIA DE. NO CONSTITUYE RECURSO, JUICIO O MEDIO DE DEFENSA PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 237543