Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237582
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 92
SOBRESEIMIENTO POR INACTIVIDAD PROCESAL Y FALTA DE PROMOCION. ESCRITOS INEFICACES PARA DESVIRTUAR EL TERMINO RELATIVO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Tercera Parte; Pág. 92
Los escritos no acordados en que se solicita la expedición de copias certificadas, que fueron presentados por el quejoso dentro del término de trescientos días que para decretar el sobreseimiento del juicio de amparo directo señala el artículo 74, fracción V, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, no son promociones idóneas para interrumpir el citado término, pues con ellas de ninguna manera se patentiza interés alguno en la prosecución del juicio.
Precedentes
Amparo directo 1521/81. Olympia de México, S.A. 4 de octubre de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Manuel Plata García.