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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237614
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 77

FIRMA FACSIMILAR. EL MANDAMIENTO DE AUTORIDAD EN QUE SE ESTAMPA CARECE DE LA DEBIDA FUNDAMENTACION Y MOTIVACION.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 77

Precedentes

Revisión fiscal 86/81. Lasky, S.A. 15 de abril de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volúmenes 145-150, página 67. Revisión fiscal 69/80. Sociedad Mercantil Metropolitana, S.A. 19 de enero de 1981. Cinco votos. Ponente: Atanasio González Martínez. Volúmenes 139-144, página 73. Revisión fiscal 95/79. Mercado de Materiales, S.A. 30 de abril de 1980. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volúmenes 127-132, página 44. Revisión fiscal 30/79. Diseños y Maquilas de Iguala, S.A. 6 de septiembre de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Notas: En los Volúmenes 127-132, página 44, la tesis aparece bajo el rubro "CREDITO FISCAL, ORDEN DE COBRO DE. DEBE ENCONTRARSE AUTENTICAMENTE FIRMADA.". Por ejecutoria de fecha 13 de octubre de 2004, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 130/2004-PS en que participó el presente criterio.
Registro digital (IUS): 237614