Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237615
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237615
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 79
INCOMPETENCIA DE LA SEGUNDA SALA. EL DESCONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD PARA PROMOVER CARECE DE CUANTIA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 79
Cuando la litis en el juicio fiscal se contrae a determinar si la resolución recaída en un recurso de revocación en relación con el desconocimiento de la personalidad del promovente, es o no correcta y esta cuestión subsiste en el amparo, se está en presencia de un asunto que carece de cuantía, por lo que esta Segunda Sala resulta incompetente para conocer del mismo, y sí, en cambio, es a un Tribunal Colegiado de Circuito al que corresponde el conocimiento del mismo.
Precedentes
Amparo directo 4397/81. Fabricantes de Autopartes, S.A. 14 de enero de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.