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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237620
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 87
RECURSO DE REVISION ANTE LA SALA SUPERIOR DEL TRIBUNAL FISCAL, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL. SUSPENSION DE LABORES.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 87
Si conforme al artículo 241 del Código Fiscal de la Federación la autoridad demandada cuenta con diez días para la interposición del recurso de revisión en contra de una sentencia dictada por alguna de las Salas del propio tribunal (actualmente Salas Regionales), esos días deben entenderse hábiles, es decir, aptos para que la parte interesada pueda consultar el expediente y tenga oportunidad de formular sus agravios con base en las constancias del juicio y del estudio que haga de la sentencia que recurre, de tal manera que se le priva de esa oportunidad si la Sala en que se encuentra el expediente ha suspendido sus labores, afectando el derecho de defensa de la autoridad demandada cuando se reduce, sin ningún fundamento legal y por circunstancias ajenas, el término de diez días hábiles que le concede la ley para la interposición del recurso.
Precedentes
Revisión fiscal 55/81. Pedro Torres E., Israel Rivero Urióstegui. 15 de febrero de 1982. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 139-144, página 129. Revisión fiscal 16/80. Jacobo Pessel Grotka. 2 de octubre de 1980. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volúmenes 139-144, página 129. Revisión fiscal 2/80. Abarrotera San Pedro, S.A. 28 de agosto de 1980. Cinco votos. Ponente: Arturo Serrano Robles.
Volúmenes 133-138, página 85. Revisión fiscal 100/79. Bebidas Purificadas del Centro, S.A. 17 de marzo de 1980. Cinco votos. Ponente: Atanasio González Martínez.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917- 1975, Cuarta Parte, Tercera Sala, tesis 48, página 152, bajo el rubro "AMPARO, TERMINO PARA LA INTERPOSICION DEL.".