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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 105
AGRARIO. POSESION ADQUIRIDA POR EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL, PRIVACION DE LA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 105
Los núcleos de la población ejidal que adquieran la posesión de tierras mediante la ejecución de una resolución presidencial, sólo pueden ser privados de ella por ejecución de otra resolución presidencial de permuta, fusión, división o expropiación ejidal.
Precedentes
Amparo en revisión 2544/81. Ejido "Antonio Amaro", Municipio de Guadalupe Victoria, Durango. 4 de septiembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Eduardo Langle Martínez.
Nota: En el Informe de 1982 y en el Apéndice 1917-1985, página 276, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION ADQUIRIDA POR EJECUCION DE UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL, PRIVACION DE LA.".