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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237635
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 90
REVISION FISCAL. CUANTIA PARA ACREDITAR LA IMPORTANCIA Y TRASCENDENCIA. REFORMAS A LA LEY.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Tercera Parte; Pág. 90
Conforme a la parte final del artículo 242 del Código Fiscal de la Federación, reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 29 de diciembre de 1980, en vigor a partir del día 30 siguiente, los requisitos de importancia y trascendencia necesarios para que proceda el recurso de revisión fiscal se satisfacen cuando el valor del negocio asciende a la cantidad de un millón de pesos, o más; por tanto debe desecharse el recurso de que se trata cuando se hace valer en un negocio de cuantía inferior a la indicada, si dicho recurso se interpuso cuando ya estaba en vigor la reforma señalada.
Precedentes
Revisión fiscal 25/81. Inmobiliaria Savy, S.A. 21 de abril de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco.
Revisión fiscal 22/81. Gigante, S.A. 20 de enero de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 157-162, página 111. Revisión fiscal 12/81. Distribuidora de Mariscos del Sur, S.A. (acumulados). 29 de octubre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volúmenes 157-162, página 111. Revisión fiscal 31/81. Compañía Hulera Omega, S.A. 7 de octubre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.