Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/237650
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237650
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 52
AGRARIO. COMITES PARTICULARES EJECUTIVOS DE LOS NUCLEOS DE POBLACION EJIDAL. NO LES CORRESPONDE LA DEFENSA DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES DE LOS CAMPESINOS QUE INTEGRAN EL POBLADO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 52
Los comités particulares ejecutivos de los núcleos solicitantes de tierras sólo tienen la representación de éstos para defender sus derechos colectivos y no los derechos individuales de sus integrantes, como lo son los que protege el artículo 202 de la Ley Federal de Reforma Agraria, contenido en el capítulo segundo, denominado "Capacidad individual en materia agraria", título segundo, libro cuarto, de la citada ley.
Precedentes
Amparo en revisión 7925/80. Félix Ruiz Baltazar y otros (Poblado Barrio San José, sección tres y once, Municipio de San Juan Xiutetelco, Estado de Puebla). 16 de noviembre de 1981. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: José Angel Mandujano Gordillo.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 121-126, página 13. Amparo en revisión 1225/78. Raymundo Villa Muñoz y otros (Poblado Rosa de Castilla, Municipio de Guanajuato, Guanajuato). 1o. de febrero de 1979. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 97-102, Tercera Parte, página 11, tesis de rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. REPRESENTAN LOS INTERESES DEL NUCLEO EJIDAL Y CARECEN DE INTERES JURIDICO RESPECTO DE LOS ACTOS QUE AFECTAN LOS INTERESES PARTICULARES DE CADA EJIDATARIO.".
Nota: En el Informe de 1982, la tesis aparece bajo el rubro "COMITES PARTICULARES EJECUTIVOS DE LOS NUCLEOS DE POBLACION EJIDALES. NO LES CORRESPONDE LA DEFENSA DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES DE LOS CAMPESINOS QUE INTEGRAN EL POBLADO.".