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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
237659
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 63

AGRARIO. NUEVO CENTRO DE POBLACION. LA SIMPLE POSESION DE TERRENOS QUE SON DOTADOS A OTRO EJIDO, NO GENERA CONSECUENCIAS JURIDICAS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 63

Precedentes

Amparo en revisión 3260/81. Noé Rocha Esquivel y otros, poblado "El Aguacate", Municipio de Tuxpan, Michoacán. 22 de octubre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 145-150, Tercera Parte, página 9, tesis de rubro "AGRARIO. AMPLIACION DE EJIDO, LA SIMPLE POSESION DE TERRENOS RECONOCIDOS Y TITULADOS A UNA COMUNIDAD NO GENERA CONSECUENCIAS JURIDICAS, A PESAR DE QUE SE LES HUBIESE SOLICITADO EN.".
Registro digital (IUS): 237659