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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 237666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 68
AGRARIO. QUEJA POR DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE LA CORTE. EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Tercera Parte; Pág. 68
Si a consecuencia de una ejecutoria de amparo se ordena la entrega de las tierras afectadas por una resolución presidencial, y del informe de las autoridades relativo a su cumplimentación se observa que ésta adolece de defectos, por no hacerse referencia alguna a los trabajos de campo tendientes a determinar la ubicación de las tierras afectadas ni constancia que demuestra que se hubieran llenado los requisitos que señala la ley de la materia, debe declararse fundada la queja interpuesta. La falta de los trabajos propios de una diligencia de tal especie, como son el apeo, caminamiento, identificación de linderos y amojonamiento, así como la ausencia de las autoridades internas de los núcleos de población a quienes deban entregarse las tierras, quienes, al momento de recibirlas, deben firmar o estampar su huella digital en el acta levantada al efecto, y la omisión de determinar la situación legal de los ejidatarios con derecho a parcela por falta de depuración censal, son defectos que importan que la entrega de las tierras no se haga en forma real sino sólo en forma simbólica, y ello implica, obviamente, defecto en la ejecución de la ejecutoria relativa.
Precedentes
Queja 199/79. Comisariado Ejidal del Nuevo Centro de Población "Cinco de Mayo", Municipio de Janos, Chihuahua. 5 de noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Manuel Gutiérrez de Velasco.
Queja 110/80. Comisariado ejidal "La Trinidad", Municipio de Guadalupe y Calvo, Estado de Chihuahua. 21 de septiembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volúmenes 145-150, página 140. Queja 95/79. Comisariado Ejidal del Nuevo Centro de Población Agrícola denominado, General Médico Cirujano Alberto Oviedo Mota, Municipio de Mexicali, B.C. 11 de agosto de 1980. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota: En el Informe de 1981 y en el Apéndice 1917-1985, página 121, la tesis aparece bajo el rubro "QUEJA POR DEFECTO EN EL CUMPLIMIENTO DE UNA EJECUTORIA DE LA CORTE. EJECUCION DE RESOLUCIONES PRESIDENCIALES.".